Programa de Facturación

Preguntas Frecuentes sobre el Software de Facturación iGEST

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¿Debo comunicar todas las facturas a la Autoridad Tributaria?

Según el Decreto-Ley nº 198/2012, publicado el 24 de agosto, el agente económico está obligado a comunicar a la Autoridad Tributaria los elementos de las facturas que emite.

¿Qué es un archivo SAF-T?

El SAF-T (PT) (Standard Audit File for Tax Purposes – versión portuguesa) es un archivo normalizado (en formato XML) con el objetivo de permitir una exportación fácil, en cualquier momento, de un conjunto predefinido de registros contables y de facturación o equiparados, en un formato legible y común, independiente del programa utilizado, sin afectar la estructura interna de la base de datos del programa o su funcionalidad. La adopción de este modelo proporciona a las empresas una herramienta que permite satisfacer los requisitos de obtención de información de los servicios de inspección, simplificando procedimientos e impulsando el uso de nuevas tecnologías. La generación del archivo por los sistemas de información abarca siempre un determinado período anual de tributación, total o parcial, desde el inicio de ese período hasta su término o hasta la fecha de generación si es anterior, estando prohibida la existencia de funcionalidades que permitan al usuario elegir documentos, series o tipo de documentos a exportar al SAF-T (PT).

¿Cómo exportar y comunicar el archivo SAF-T en iGEST?

Puede realizar la comunicación de su facturación usando iGEST de las siguientes formas:

1) Comunicación automática vía Webservice: Para realizar la comunicación automática debe crear un subusuario en la AT. Al acceder a 'Entidad' > 'Configurar' > 'E-Factura', consulte el Manual para seguir todos los pasos en la creación del subusuario.

2) Envío del archivo SAF-T(PT) por email: También puede configurar para que el archivo se envíe automáticamente a su email (o a otro email, por ejemplo, el de su contable), definiendo el día y hora que desea recibirlo. Después, el archivo deberá ser reenviado a la AT.

3) Exportar el archivo SAF-T(PT) directamente en la plataforma: El usuario puede generar/extraer el archivo SAF-T(PT) de forma autónoma en 'Informes' > SAF-T(PT)' > 'Documentos Facturación'. Después de guardar el documento, deberá entrar en el portal E-factura y proceder a su envío.

¿Qué es el ATCUD y cuál es su función?

El ATCUD es obligatorio en Portugal y permite la identificación única de cada documento fiscal emitido, lo que certifica su integridad y seguridad en el proceso de facturación electrónica. Así, con este código es posible evitar la emisión de documentos fiscales duplicados, lo que es esencial para la organización y gestión financiera de un negocio.

Además, es también una herramienta de fiscalización importante ya que permite que los documentos fiscales sean fácilmente encontrados en sistemas de contabilidad y fiscalización. En efecto, el código ATCUD garantiza la fiabilidad de los datos en la Facturación Electrónica, ya que evita errores y fraudes.

¿Qué son las Series de Facturación?

Las Series de Facturación se refieren a una práctica común en contabilidad y gestión financiera, donde las facturas emitidas por una empresa se organizan en series numeradas o alfanuméricas para seguir y registrar las transacciones de ventas.

Las Series de Facturación son importantes para la organización, control y uniformidad fiscal.

¿Debo comunicar todos los documentos de transporte a la AT?

Sí, si tiene un volumen de negocio en el período impositivo anterior superior a 100.000€, está obligado a comunicar todos los elementos de los documentos de transporte a la AT. Sin embargo, están excluidos los documentos de transporte en los que el destinatario o adquirente sea consumidor final.

¿Qué sanciones o multas pueden resultar de no comunicar mis documentos de transporte?

La falta o el retraso en la comunicación de sus documentos de transporte es sancionable con multas entre 150€ y 3.750€, según lo definido en el art.117 del RGIT.

¿Es posible comunicar el inventario anual a través de iGEST?

iGEST le ayuda a enviar el archivo informático a la Autoridad Tributaria, en formato xml o csv, según lo exigido por las normas de la AT (para más información, consulte los manuales de apoyo de iGEST, disponibles tras autenticarse en la plataforma, o contacte con Atención al Cliente).

¿Es iGEST compatible con el régimen de IVA de Caja?

Sí, ofrecemos soporte para todos los requisitos legales y funcionales asociados al nuevo régimen de IVA de Caja.

Para más información, contacte con nuestros servicios de soporte (707 451 451 | apoio@igest.pt).

¿Qué datos deben constar obligatoriamente en una factura para comunicación a la AT?

Los agentes económicos están obligados a comunicar a la AT los siguientes elementos:

- Número de identificación fiscal del emisor;

- Número de factura;

- Fecha de emisión;

- Tipo de documento;

- Número de identificación fiscal del comprador que sea sujeto pasivo de IVA, cuando se haya insertado en el acto de emisión;

- Número de identificación fiscal del comprador que no sea sujeto pasivo de IVA, cuando este solicite su inserción en el acto de emisión;

- Valor tributable de la prestación de servicios o de la transmisión de bienes;

- Tasas aplicables;

- El motivo justificativo de la no aplicación del impuesto, si aplicable;

- Importe de IVA liquidado.

¿Cómo se realiza la comunicación del archivo SAF-T?

Un archivo SAF-T (PT) contiene toda la información de sus elementos de facturación. Si elige comunicar por esta vía, debe acceder mensualmente al Portal de Hacienda para enviar el archivo manualmente, si ha emitido facturas.

¿Qué es el ATCUD?

El código único de documento (ATCUD) permite identificar unívocamente un documento, independientemente de su emisor, tipo de documento y serie utilizada. El ATCUD, según lo definido en el art. 3 de la Ordenanza n.º 195/2020, del 13 de agosto, resulta de la concatenación del código de validación asignado a la serie con el número secuencial del documento dentro de esa serie.

¿Cómo generar el código de validación necesario para ATCUD?

El ATCUD puede obtenerse manualmente a través del Portal de Hacienda o automáticamente con un Software de Facturación, como es el caso de iGEST.

¿Cómo registrar y comunicar las series de facturación a la AT?

Es posible realizar la comunicación de series a la Autoridad Tributaria de forma manual en el Portal de Hacienda o vía webservice e-factura.

¿Qué elementos obligatorios deben contener los documentos de transporte?

Los documentos de transporte deben contener obligatoriamente los siguientes elementos:

- Nombre, firma o denominación social del remitente de los bienes;

- Domicilio o sede del remitente de los bienes;

- Número de identificación fiscal del remitente de los bienes;

- Nombre, firma o denominación social de quien adquiere los bienes;

- Denominación social de quien adquiere los bienes;

- Dirección de quien adquiere los bienes;

- Número de identificación fiscal del destinatario (cuando es sujeto pasivo de IVA);

- Designación comercial de los bienes (con indicación de cantidades);

- Lugares de carga y descarga;

- Fecha y hora del inicio del transporte.

Nota: La movilidad a fecha de hoy no respeta este elemento

Los documentos de transporte emitidos en papel deben contener además elementos identificativos de la tipografía (denominación social, sede y número de identificación fiscal) y numeración.

¿Estoy obligado a comunicar los inventarios?

La comunicación de inventarios a la Autoridad Tributaria y Aduanera (AT) es obligatoria para todos los sujetos pasivos de IRPF o IS, independientemente del volumen de negocio, excepto los acogidos al régimen simplificado.

En este sentido, están obligadas a la comunicación de inventarios las entidades que cumplan cumulativamente las siguientes condiciones:

- Tengan sede, establecimiento permanente o domicilio fiscal en territorio portugués;

- Dispongan de contabilidad organizada;

- No estén acogidas al régimen simplificado de tributación.

En caso de que una empresa que cumpla estos requisitos no tenga inventario que declarar al final del período tributario, no queda exenta de esta obligación, debiendo comunicar a la AT en el portal e-Factura la inexistencia de inventario.

La comunicación deberá realizarse por transmisión electrónica de datos, en un archivo cuyas características se definen en la Ordenanza nº 2/2015, de 6 de enero, sin considerar las modificaciones introducidas por la Ordenanza nº 126/2019, de 2 de mayo (Despacho nº 66/2019-XXII-SEAF, de 13 de diciembre).

¿Qué es el régimen de IVA de Caja?

El Régimen de IVA de Caja, aprobado por el Decreto-Ley nº 71/2013, es un régimen simplificado y opcional de tributación para todos los sujetos pasivos de IVA que no hayan alcanzado, en el año civil anterior, un volumen de negocio, a efectos de IVA, superior a 500.000€ y que cumplan un conjunto de otros requisitos adicionales.

¿Necesita ayuda? ¡Contáctenos!

Estamos a su disposición todos los días hábiles, de 09:00 a 19:00, a través de los siguientes contactos:

*Precio máximo a pagar por minuto: 0,09€ (+IVA) para llamadas originadas en redes fijas y 0,13€ (+IVA) para llamadas originadas en redes móviles.

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